Una vez baremadas las solicitudes, las personas solicitantes recibirán vía SMS en el móvil facilitado, una comunicación del tramo de prestación asignada provisionalmente (condicionada a la inscripción efectiva del niño/niña o joven a una actividad).
Las personas solicitantes tendrán que hacer uso de la prestación otorgada, formalizando la inscripción del niño/niña o joven a la actividad escogida, i presentando a la entidad organizadora de la actividad, el contenido del SMS que comunica la prestación que ha sido asignada provisionalmente.
En el momento que se haga el envio de los SMS de comunicación de la prestación asignada provisionalmente, se dictará el plazo que las personas solicitantes disponen para comunicar el SMS a la entitat organizadora de la activitat escogida.
La no formalización de la inscripción supondrá la renuncia explícita a la prestación.
Las comunicaciones provisionales de estas solicituds se haran en dos tandas: un primer envio para las prestaciones para actividades de verano y un segundo envio para las prestaciones para actividades extraescolares.
Una vez formalizadas las inscripciones, las entidades organizadoras tendrán que presentar una relación de las personas beneficiarias provisionalmente de prestació, y que se han inscrito en sus actividades, mediante el modelo normalizado disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, y en el trámite que se habilite para esta gestión en la Sede Electrónica.
No se aceptaran comunicaciones de inscripción fuera del plazo establecido ni por otros canales.
En el momento que se haga el envio de los SMS de comunicación de la prestación asignada provisionalment, se dictará el plazo que las entidades organizadoras dispondran parda presentar la justificación de inscripcions al Ayuntamiento.
La falta de justificación o la justificación incompleta de las inscripciones y asistencies de las personas beneficiarias, podrá comportar las responsabilidades que en cada caso correspondan y la anulación total o parcial de la prestación.
Una vez justificadas las inscripciones de niños/niñas y jovenes beneficiarios de prestaciones, por parte de las entidades organizadoras, se procederá a la notificación electrònica, a las personas solicitantes, de la resolución definitiva del importe de prestación otorgado. La resolución definitiva también se publicará en un anuncio en la Sede Electrónica.
Las resoluciones definitives de estas solicitudes se haran en dos tandas: un primer envio para las prestaciones para actividades de verano y un segundo envio para las prestaciones para actividades extraescolares.
La fecha de los efectos y la duración de la prestación se determinaran en la resolución de concesión.
El Ayuntamiento de Terrassa procederá al pago de las prestaciones concedidas y justificadas. El pago de las prestaciones se efectuará siempre directamente a las entidades o empresas organizadoras de las actividades, una vez comprobada la inscripción del niño/niña o joven en la actividad:
1.- Prestaciones para actividades de verano 2024: el pago se efectuará en julio de 2024
2.- Prestaciones para actividades extraescolares para el curso 2024-25: el pago se efectuará en enero de 2025.
RESOLUCION
El plazo máximo de resolución y notificación será de 6 meses, de acuerdo con el articulo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y teniendo en cuenta los casos de suspensión o de ampliación del plazo máxim para resolver y notificar incluidos los articulos 22 y 23 de la misma normativa, así como cualquier otra circunstancia excepcional.
La falta de respuesta, dentro de este plazo, legitima a las personas interesadas para entender su solicitud como desestimada, como efecto del silencio administrativo negativo.
En aquellos casos, que una vez hecha la inscripción y abonado el pago a la entidad organizadora, la persona beneficiaria de la prestación cause baja en la actividad, implicará la pérdida de la prestación, y la reclamación a la entidad organizadora, del reintegro de la parte del importe no dedicado a la actividad subvencionable.